Normativa Grupos de Interés

1.- Se entiende como tal al grupo de socios de INS ESPAÑA que deseen cooperar en el desarrollo de una línea de trabajo relacionada con la neuromodulación.

2.- La solicitud de creación de un Grupo de Interés será realizada por al menos un miembro de INS ESPAÑA en informe pormenorizado dirigido al Presidente que incluya:

 

Objetivos del Grupo

Composición del Grupo: Coordinador y Miembros participantes.

Metodología de trabajo del Grupo

Cronograma

 

3.- Los Grupos de Interés serán reconocidos por la Junta Directiva como Grupo de Interés de INS España y al menos uno de sus miembros tiene que pertenecer a la Junta Directiva de INS España.

 

4.- INS España potenciará la difusión de la actividad desarrollada por los Grupos de Interés a través de la página web de la Sociedad, de la mesa de grupos de trabajo de cualquier otra actividad propuesta por los grupos y aceptada por la Junta Directiva de INS España.

 

5.- Funciones de los Grupos de Interés:

 

5.1.-Elaborar estudios, guías, protocolos o recomendaciones sobre las áreas científicas propias de la sociedad.

 

5.2.- Realizar estudios y Documentos de Consenso con otras sociedades sobre temas de interés común, con objeto de aumentar su difusión hacia otros profesionales, la administración y la sociedad.

 

5.3.- Otras actividades científicas relacionadas con los intereses de la sociedad.